SAN LUIS - Miércoles 13 de Mayo de 2026

SAN LUIS - Miércoles 13 de Mayo de 2026

EN VIVO

Una jueza mercedina emitió un fallo fuerte contra los planes de ahorro

Cynthia Alcaraz Díaz emitió una sentencia en la que ordenó frenar los aumentos y recalcular cuotas en un plan por la compra de un auto que aumentó desproporcionadamente en 2018, tras la devaluación. Dijo que los holdings actúan en perjuicio de los ahorristas.

Por redacción
| Hace 12 horas

Tras ocho años de espera, una vecina de Villa Mercedes obtuvo un fallo favorable en una demanda que inició contra una administradora de planes de ahorro. La acción que inició en el 2018 (tras una fuerte devaluación) fue porque las significativas subas que aplicaron en las cuotas mensuales dificultaron su pago, por lo que por años vivió una verdadera situación traumática. 

 


La medida que le devolvió la tranquilidad la dictó la jueza Civil Comercial y Minas N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial Cynthia Alcaraz Díaz, que dispuso recalcular las cuotas mediante el índice de inflación oficial y anuló los aumentos arbitrarios para proteger el patrimonio de la consumidora, destacó en su informe prensa del Poder Judicial.

 

 

La sentencia de Alcaraz Díaz también incluyó una multa civil y una indemnización por daño moral. 

 


La causa se inició cuando una mujer demandó a la administradora de planes de ahorro de Fiat (FCA S.A.) por el aumento desproporcionado de sus cuotas, que se volvieron imposibles de pagar tras la devaluación de 2018.

 


Los abogados de la demandante solicitaron que la cuota sobre la que se debería aplicar la actualización fuera la cuota correspondiente al mes de abril/mayo del año 2018, es decir “previo al proceso de devaluación de la moneda nacional". Según dijeron los denunciantes, en ese momento, la concesionaria aprovechó para subir el valor del vehículo en "forma abusiva y dañina".

 


La Justicia resolvió a favor de la consumidora, al considerar que la empresa no informó el aumento de las cuotas ni el sustento del mismo. También declaró la nulidad de las cláusulas que permitían a la empresa fijar el “valor móvil” de manera arbitraria. 

 


La jueza Alcaraz consideró que el sistema generaba un desequilibrio en perjuicio del cliente, "quien no podía prever los aumentos desmedidos" y a la vez determinó que las empresas "no brindaron información clara, veraz y suficiente sobre cómo se calculaban los aumentos".

 

 

Con el fallo se decretó la nulidad de las cláusula abusiva, puso en blanco un sistema que genera un desequilibrio en perjuicio de los clientes y destacó que las empresas "no brindan información clara, veraz y suficiente sobre cómo se calculaban los aumentos".

 

 

Además, la empresa tendrá que pagar una multa civil y una indemnización por daño moral que se fijaron "en relación al valor de canastas básicas totales” para asegurar que la indemnización no pierda valor frente a la inflación. No se informaron los montos finales. 

 


Uno de los puntos más llamativos de la sentencia hace referencia a la "conexidad empresarial", una conducta que indicó que aunque la administradora del plan y la fábrica de autos parecen ser empresas distintas, actúan como un solo grupo económico (“holding”) para proteger sus propios intereses en perjuicio del ahorrista.

 

 

LA MEJOR OPCIÓN PARA VER NUESTROS CONTENIDOS
Suscribite a El Diario de la República y tendrás acceso primero y mejor para leer online el PDF de cada edición papel del diario, a nuestros suplementos y a los clasificados web sin moverte de tu casa

Suscribite a El Diario y tendrás acceso a la versión digital de todos nuestros productos y contenido exclusivo