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Adopción, cuando la expectativa y la realidad se desencuentran

 El 85% de los postulantes en la provincia busca niños de entre 0 a 3 años de edad. Sin embargo, la mayoría de los menores supera los 5 años, lo que dificulta el proceso.

Por Erica Bustos
| 30 de octubre de 2022
Proceso. Los juzgados de Familia son los responsables de sentenciar las guardias y adopciones. En el Juzgado Nº 1, desde 2019, se realizaron 8 adopciones. Foto: El Diario.

 Adoptar a una niña o niño es un acto de amor, pero también de responsabilidad y compromiso. La mayoría de los niños y niñas que están en la provincia en estado de adoptabilidad supera los 5 años, así lo aseguraron desde el equipo técnico interdisciplinario del Registro Único de Adoptantes (RUA), que pertenece al Poder Judicial de San Luis. Pero aquí se produce un desencuentro importante, ya que casi nueve de diez postulantes buscan directamente a bebés para adoptar por la edad considerada. A su vez, afirmaron que en la actualidad hay 47 familias (entre monoparentales y biparentales) inscriptas.

 

"El 85% se inscribe esperando niños y niñas de 0 a 3 años, y que sean sanos. Del otro 15% tenemos un 10% que llega hasta un niño de 7 u 8 años, y para arriba de esa edad tenemos un 4% o 5%", aseguró el coordinador general del RUA, Federico Gorchs Vílchez, quien también aclaró que trabajan en talleres con los inscriptos para flexibilizar esta pretensión adoptiva. "Es decir que podemos ampliarla, podemos subir la edad y hasta llegar a un grupo de hermanos. Se trabaja para tener un perfil de pretensiones adoptivas lo más amplio y abarcativo posible", aseguró.

 

Para el caso de los niños que son mayores de cinco años, la psicóloga del equipo interdisciplinario del RUA, Lucía Monsalva, dijo que se llegan a estas edades con los menores debido a que es necesario agotar todas las instancias previas, como la verificación de que la familia originaria no puede hacerse cargo, o que el niño o la niña  no cuenta con ella ni con ningún pariente cercano. Además dijo que la atención, a la hora de designar una familia, está puesta  siempre en el menor, ya que es su salud y seguridad lo que se debe resguardar.

 

Monsalva afirmó que es muy difícil que haya bebés en estado de adoptabilidad, ya que en la actualidad hay muchas políticas de protección a las mamás y la primera infancia. Además hizo especial hincapié en la importancia y necesidad, algo reglamentado en las leyes, de que el niño, una vez que fue adoptado, conozca sus orígenes. "Es su derecho a la identidad", aseveró.

 

"La mayoría son niños de segunda infancia que, al haber estado un tiempo en el sistema, pasan por circunstancias complejas, transitando de una familia a la otra, con la abuela o con la tía. Después interviene la Justicia y llegan a la adopción con seis, siete, ocho años", expuso Monsalva.

 

En relación a las postulaciones y las familias que se encuentran en las listas de espera, la psicóloga advirtió que realizan trabajos exhaustivos a la hora de la selección, ya que se deben cumplir con varios requisitos.

 

"Lo que trabajamos con los postulantes es que puedan ir más allá del deseo y puedan abrirse a distintas posibilidades. Pensemos que, de base, la adopción cuando se dio tenía mucho de caridad. Cuando uno habla de adopción se recuerda a los niños que dejaban en el convento, la familia que lo adoptaba desde el amor. Hoy por hoy tiene otra complejidad, y se han ido trabajando estas necesidades", señaló.

 

Gorchs Vílchez advirtió: "Nuestra intervención está por la inscripción, por la rendición de los legajos a la jueza, por el acompañamiento de las guardias, por la comunicación al juzgado y por cualquier tipo de oficio que nos remitan desde el Juzgado si se necesita algún tipo de evaluación respecto de la vinculación o lo que considere el Juzgado".

 

 

El proceso para adoptar

 

En cuanto a los tiempos que conlleva el proceso de adopción, en el Poder Judicial advirtieron que dependen de la familia adoptante y de los postulantes que haya en lista. A la hora de realizar la designación, verifican los datos brindados por las familias y, con base en ello, arman un orden. Una vez designada una familia, se establece un tiempo de guarda de mínimo seis meses, en los que se realizan visitas semanales, quincenales o mensuales, dependiendo lo dictaminado por el juez para controlar y acompañar el proceso adoptivo.

 

La titular del Juzgado de Familia Nº 1, Natalia Giunta, comentó: "Hay distintas situaciones que pueden pasar: una puede ser una mujer en conflicto con su maternidad que decidió no abortar y llevar adelante su embarazo, pero que no quiere tener a su hijo. En este caso la ley le da a esa mamá el término de 45 días desde el nacimiento para que esa decisión de no querer maternar esté y dar a su hijo en adopción. Recién transcurridos esos 45 días, esa decisión es válida para la ley".

 

"Completado ese plazo, el órgano administrativo que se hace cargo de la situación es Familias Solidarias. Cuando transcurrió ese tiempo, y es válida la decisión de la mamá, recién ahí se decreta el estado de adoptabilidad y a partir de ahí se da intervención al RUA".

 

Aseguró que otra situación puede ser cuando se verifica el consenso entre la madre y el padre de dar en adopción al hijo o hija. Igualmente la jueza subrayó que hace mucho tiempo no se dan las dos situaciones precedentes.

 

"Otro caso aparece a través de situaciones de violencia en las que se decide la separación del hijo de la familia de origen. Nosotros como jueces recibimos las denuncias de violencia familiar por múltiples canales. Una vez que se toma conocimiento de que hay niños que están en situación de vulnerabilidad, empezamos a trabajar e intervenimos", explicó Giunta.

 

"La primera directriz es el mantenimiento del niño en la familia de origen y/o en la familia extensa. En el caso de que se decida la separación, hay que ver si hay algún familiar o algún referente socioafectivo que pueda hacerse cargo del niño. Vamos trabajando con el Subprograma de Niñez o Familias Solidarias, conforme la gravedad del caso", añadió.

 

Señaló que hay situaciones que pueden revertirse a través del trabajo del equipo de psicología o con trabajadores sociales. Pero una vez que se decide la separación del menor, interviene el Subprograma Familias Solidarias, que lo hace para buscar postulantes dentro de la familia extensa o seleccionar una familia inscripta en el programa.

 

"Para trabajar el plazo que tenemos es de seis meses, es decir, que transcurrido ese período y dependiendo del programa al que fue asignado, ellos nos comunican: Nosotros recomendamos que usted decrete el estado de adoptabilidad. El RUA tiene legajos que son ordenados de forma cronológica y que deben ser respetados, ya sea por el juez o por el mismo RUA. Podemos brindar un oficio para que ellos seleccionen una familia del registro para adoptar al niño, niña o adolescente; o bien, nosotros requerimos los legajos y, estudiándolos, el juez decide a quién", advirtió Giunta.

 

"En mi experiencia personal, yo voy siguiendo a los casos, entonces tengo el contacto permanente con las chicas del RUA o las de Familias Solidarias y ellas me van avisando cuando se da la orden de ingreso", comentó. 

 

 

El derecho a la identidad

 

Todo niño o adolescente adoptado tiene derecho al conocimiento de su familia de origen y su identidad. "Hay familias que dicen: 'bueno, si es chiquito tiene menos historia', en realidad tiene mucha historia. Pensemos en el caso de un niño que queda vivo después de un intento de interrupción del embarazo, ya hay una marca emocional bastante fuerte en esto. Tiene muchísima historia desde lo emocional", dijo Monsalva.

 

"Entonces todos los niños, sean bebés de dos años, de siete años o adolescentes, tienen una historia que tramitar", señaló y aclaró que es un deber de las familias adoptantes contarle al niño sobre su historia de vida y si tiene familia de origen".

 

Redacción / NTV

 

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