Sin arma hallada, la defensa de Gatica cuestiona la condena por homicidio agravado
Tras la frustrada audiencia del 16 de septiembre, la defensa de Segundo Gatica critica que aún no se defina la pena y señala irregularidades, entre ellas la falta del arma del crimen.
Un tribunal del Colegio de Jueces declaró culpable a Segundo Gatica por homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en perjuicio de Alan Valenzuela, el adolescente de 15 años que murió la madrugada del 1° de junio de 2022 en un local comercial del barrio Kennedy. La audiencia de cesura —instancia prevista en el artículo 184 del Código Procesal Penal para fijar la pena— había sido programada para el 16 de septiembre de 2025 a las 13:30, pero no se realizó porque la fiscal de Juicio, Virginia Palacios, no se presentó.
Cristóbal Ibáñez, uno de los defensores de Gatica, cuestionó con dureza la ausencia: “El código marca que la pena debe conocerse entre 24 y 48 horas después del veredicto, pero seguimos sin fecha porque la fiscal no fue. Condenaron a mi cliente y aún no sabemos qué pena cumplirá”, expresó.
Ibáñez también insistió en que la investigación presenta graves irregularidades. Recordó que el arma con la que se efectuó el disparo nunca apareció y que la única vaina fue hallada 14 horas después en una zona muy transitada. “No se puede determinar si fue un rifle o un revólver; sin el arma, no hay certeza balística”, remarcó.
Según la acusación, Valenzuela y Mauro Ezequiel Olguín intentaron forzar el ingreso al local de avenida Juan Gilberto Funes al 1900. Gatica, de 47 años, que vivía en el predio, habría salido con un arma de fuego y disparado contra el adolescente cuando huía.
La defensa, integrada por Ricardo Astudillo, Nedo Gómez y el propio Ibáñez, había solicitado la absolución o, en su defecto, que el hecho se encuadre en “exceso en la legítima defensa”, que prevé una pena mucho menor. El tribunal, sin embargo, hizo lugar al pedido de la fiscalía y lo condenó por homicidio agravado por el uso de arma de fuego, un delito que contempla penas de 10 a 25 años de prisión.
Qué es la audiencia de cesura
La cesura de juicio es una etapa procesal posterior a la declaración de culpabilidad y previa a la fijación de la pena. En ella, las partes presentan pruebas y argumentos sobre la gravedad del delito, los antecedentes del acusado y las circunstancias atenuantes o agravantes, para que el tribunal determine la condena.


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