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Lo condenaron por abusar de una nena que estaba bajo su cuidado

La fiscalía había pedido 8 años y la defensa un monto menor, ya que, aseguró, las relaciones fueron consentidas.

Por redacción
| 01 de marzo de 2023
Carmona. El día del fallo, con una remera con la palabra "libertad" en inglés. Héctor Portela.

Durante los alegatos, la discusión entre la fiscalía y la defensa se basó en una cuestión central: si al mantener relaciones sexuales hubo o no consentimiento entre la víctima y el victimario. Al margen de que haya sido de una u otra manera, el hecho igual se configura como un abuso teniendo en cuenta que la denunciante tenía 12 años y el acusado, 18; solo que las escalas penales son distintas. A pesar de que el defensor oficial Esteban Sala remarcó claras y repetidas contradicciones en los dichos de C.Y., la joven ultrajada, el tribunal finalmente condenó a Armando Leonel Carmona a seis años y medio de cárcel por el delito de “Abuso sexual con acceso carnal”, quien fue trasladado nuevamente a la Penitenciaría, donde está alojado desde hace dos años.

 

La audiencia final del debate abrió con la declaración de las últimas dos testigos, ambas miembros del Centro Educativo "Paula Domínguez de Bazán" de la capital, a donde asistía la víctima. Ellas fueron unas de las primeras que tomaron intervención en el caso luego de que la niña les confesara a una amiga y a un preceptor lo que le había ocurrido.

 

En una declaración escueta, las dos recordaron el modo en el que se enteraron del hecho y el protocolo que siguieron para informar a la madre de la víctima y a las autoridades. Solo una de ellas, quien hoy es preceptora, reprodujo parte de la historia que C.Y. le contó sobre lo que sufrió.

 

Cerrada la etapa probatoria, el presidente del tribunal, Julio Fernando de Viana, le ofreció declarar al imputado. Carmona, quien no había hablado hasta entonces, se sentó en el banquillo y contó que el día en que ocurrió todo, a mediados de julio de 2019, había acudido a la vivienda de una familia amiga como otras veces para cuidar a tres hermanos que iban a quedar solos porque su madre salía a trabajar. Fue allí que se topó con C.Y., amiga y compañera de escuela de la mayor de los tres hermanos.

 

Recordó que llegó a la vivienda en cuestión cerca de las 19 y que la dueña de casa le dio plata para que comprara algo para comer. Él y la víctima habían estado tomando mate y, cuando decidió ir al negocio a buscar salchichas para cenar panchos, ella insistió en acompañarlo. Luego, entre las 23 y las doce de la noche, todos se fueron a dormir, pero él, quien se había recostado en la cama matrimonial, no lograba conciliar el sueño pensando en la salud de su padre, quien estaba internado.

 

Fue entonces que, dijo, la víctima apareció en el umbral de la puerta diciendo que tampoco podía dormir, que poco después comenzaron a besarse y que la niña se quitó la ropa con su ayuda. “Yo no la obligué a nada, pero pasaron unos 15 o 20 minutos y ella dijo que no se sentía cómoda y se fue al baño”, relató.

 

La mañana siguiente, que era lunes, transcurrió de manera normal, recordó, y tuvo que llevar a los dos niños menores a la escuela. Ante la falta de preguntas de las partes, su declaración se limitó solo a eso.

 

 

Acabadamente probado

 

Tras un breve receso, el fiscal de Juicio Fernando Rodríguez abrió la etapa de alegatos con la firme convicción de que el hecho y la autoría de Carmona estuvieron acabadamente probados. Como siempre remarca en los debates que tratan delitos contra la integridad sexual, les pidió a los jueces tener en consideración las convenciones internacionales para erradicar ese flagelo, flexibilizar el análisis de las pruebas, fallar con perspectiva de género y poner especial énfasis en la declaración de la víctima, que a su entender no tuvo fisuras.

 

Respecto a ello, remarcó que entre lo que C.Y. dijo en Cámara Gesell en diciembre de 2019 y lo que contó el lunes, en la primera audiencia, no hubo ninguna contradicción a pesar del tiempo transcurrido. También que ese relato fue validado en credibilidad por la psicóloga que llevó adelante la pericia, y que no halló signos de fabulación.

 

Sumó el resultado de la revisación médico pediatra, que dio cuenta de un desgarro en el himen producto de una penetración, y repasó extractos del testimonio de la madre de la joven sobre las consecuencias psicológicas que su hija acarrea desde el ataque.

 

Por todo ello, solicitó la pena de 8 años de cárcel, considerando como atenuantes para el imputado su falta de antecedentes y como agravantes las circunstancias en las que ocurrió el abuso y el daño a la salud mental de la niña.

 

A su turno, la defensora de Niñez, Adolescencia e Incapaces 2, Silvina García, adhirió a lo planteado por el fiscal y a la pena solicitada y, si bien repitió algunas de las pruebas citadas, remarcó más que nada el padecimiento posterior de C.Y., como una baja en el rendimiento escolar, pesadillas, trastornos alimenticios, autoflagelación y hasta incluso intentos de suicidio. “El hecho está por demás acreditado y también el trauma en la víctima, que afectó su personalidad y la marcará de por vida”, cerró.

 

Al comenzar su alocución, Sala remarcó el hecho de que existían pruebas sobre la inocencia de su pupilo, pero que la defensa anterior no las ofreció para el debate, por lo que planteó una desigualdad de condiciones. Y admitió sin tapujos que no hubo controversia en los hechos: que su defendido estuvo en la vivienda en cuestión cuando ocurrió el hecho y que él y la niña mantuvieron relaciones sexuales, pero no forzadas.

 

Criticó la postura de quienes lo presidieron en la palabra marcando varias “contradicciones puntuales” entre lo que C.Y. dijo en Cámara Gesell, lo que contó el lunes y en lo que les dijo a las autoridades del colegio y a su madre. Por ejemplo, que a algunos les mencionó que el abuso se dio cuando su amiga se fue a comprar y ella quedó sola con Carmona; a otros que su amiga y sus hermanos dormían y que el abusador le tapó la boca con una mano y la desvistió con otra; en otro momento obvió que la haya callado, pero dijo que estaba como en shock. “Son versiones totalmente distintas”, se quejó el defensor. “Hay cosas que no se condicen con un hecho no consentido”.

 

Redacción/ALG

 

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