Entra en vigencia el polémico megadecreto de Javier Milei
El DNU está en marcha desde las 00 de este viernes, sin que la Justicia haya dado curso a reclamos de medidas cautelares.
Repleto de cuestionamientos y controversias, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 de desregulación económica, dictado por el Gobierno, entra en vigencia sin que la Justicia haya aún dado curso de manera favorable a reclamos de medidas cautelares que lo suspendan. Hasta anoche, había casi una treintena de amparos presentados por organizaciones sociales y sindicales, abogados constitucionalistas y ciudadanos particulares.
El DNU 70 fue firmado por el presidente Javier Milei e integrantes del gabinete nacional, y publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre y, por ley, entra en vigencia ocho días más tarde, es decir, desde este viernes.
El fuero en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires recibió al menos 25 amparos y otros dos de la Confederación General del Trabajo (CGT) de Argentina y la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) ante la Justicia del Trabajo.
Esteban Furnari, juez del mencionado fuero, rechazó a través de una resolución disponer una precautelar de suspensión de los efectos del DNU en el proceso colectivo iniciado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad porque “las disposiciones del DNU 70/2023 no han entrado en vigencia (cfr. arts. 5º y 6º CCyCN)”.
Por su parte, la CGT apeló ayer la decisión del juez nacional del Trabajo Ignacio Ramonet, quien desestimó el miércoles el dictado de una medida cautelar interina que suspenda el capítulo IV del decreto vinculado a la reforma laboral porque aún no entró en vigencia.
Horas más tarde, el magistrado concedió la apelación, habilitó días y horas inhábiles del 28 y 29 de diciembre, y ya giró el expediente a la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
En el escrito de apelación, firmado por Héctor Daer, Pablo Moyano y Carlos Acuña como secretarios generales de la CGT, se advirtió que “se trata de conjurar un acto de autoridad que impone una reforma laboral peyorativa sin recurrir al Congreso y que los afecta en los aspectos individuales y colectivos”.
Con esta presentación, intervendrá por primera vez un Tribunal de Apelaciones al DNU, aunque solo en lo referido a las normas de índole laboral.
“Debe tenerse en cuenta, asimismo, que el DNU 70/23 pretende introducir modificaciones permanentes y no de coyuntura o de emergencia temporal (en derecho individual del trabajo y derecho colectivo) y esta circunstancia es relevante, porque no se trata de implementar remedios temporales para una alegada crisis, lo que constituye otro motivo de invalidez ostensible”, argumentaron los sindicalistas al reclamar una medida cautelar de “no innovar” y la suspensión de la puesta en vigencia del Título IV del DNU 70.
Ramonet concedió la apelación ante “la innegable trascendencia de la presente causa” y también a raíz de fallas del sistema judicial LEX registradas anoche que “no permiten que la causa sea despachada con la premura que requiere”.
Redacción/ALG
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