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Admisión de culpas compartidas

La justicia hizo mea culpa en el caso que causó tanto revuelo. 

Por redacción
| 09 de septiembre de 2018
Foto: El Diario

En un párrafo de la primera resolución que hizo esta semana, en la que definió la situación procesal de cuatro de los seis detenidos por la bautizada “Operación Hereford”, la jueza Palacios hilvanó en siete ítems algunas explicaciones y una autocrítica –sana y poco habitual en los funcionarios judiciales– sobre la demora en darle respuesta a las continuas denuncias que el abogado y productor agropecuario Julio César Vergés hizo desde 2011 en adelante, por el robo de medio millar de vacunos de su campo “La Rinconada”. Y es que, a pesar de que hay presentaciones de larga data, recién hace ocho meses, una comisión policial especialmente conformada se abocó a investigar los abigeatos.
Palacios dijo que son “verdades de Perogrullo” que, “en aras de obtener buenas estadísticas del denominado Mapa del Delito, se omite informar de los ilícitos de tal naturaleza en seccionales policiales con jurisdicción en zonas rurales”. También que es consecuencia de eso “la ausencia absoluta de diligencias tendientes a esclarecer el hecho y establecer responsabilidades”. Pero la jueza no sólo fue crítica con la fuerza.
“La desidia aludida también se extiende a la órbita judicial, que lejos de procurar la incorporación de probanzas, procede (casi en forma automatizada) a la paralización de las causas, por tratarse de delitos cuyos autores son ignorados”.
“Ante la indiferencia que afronta la víctima, ésta opta por no radicar denuncia y renunciar a su derecho al restablecimiento de sus bienes jurídicos afectados –continuó Palacios–; cuestión que no puede ni debe admitirse desde la función que nos compete y que propende sin más al aseguramiento de la vigencia del Estado de Derecho”.
Por ello, “en aquella comprensión autocrítica, la suscripta ha asumido el compromiso de redoblar los esfuerzos conducentes a modificar la situación de hecho que hoy vivencia la población rural en materia delictiva, labor que ha procurado plasmarse con motivo de la tramitación de la causa (…), como así también en todas aquéllas en que resulte impostergable la respuesta judicial ejerciendo el ius puniendi –el derecho a castigar– cuya exclusividad se reserva a la órbita penal”.

 

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