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Conmovedor caso: pidieron perpetua para los acusados de matar a una madre y a su hija

Los imputados del homicidio de Vanesa Zanni y de su hija Tatiana Lucero Zanni son Axel Emiliano Criscito y Dayana Peralta. Tras la audiencia de control de acusación se realizará el juicio oral.

Por redacción
| Hace 1 hora

Esta semana volvió a escena uno de los hechos que más conmocionaron a la provincia y en particular a Villa Mercedes. Se trata del doble homicidio de Vanesa Zanni y de su hija Tatiana Lucero Zanni que fueron apuñaladas en su vivienda en el barrio San José.

 

En una audiencia que se llevó a cabo en los tribunales villamercedinos, pidieron la condena de prisión perpetua para Axel Emiliano Criscito y su pareja, Dayana Peralta.

 

La solicitud fue realizada por la Fiscalía de Instrucción Nº 5 (representada por Gisela Milstein y Mariana Olguín) que los acusó del delito de homicidio doblemente calificado por ensañamiento y alevosía (dos hechos) en calidad de co autores.

 

El día del horror

 

El 20 de diciembre del 2025 Vanesa Zanni y Tatiana Lucero Zanni fueron halladas asesinadas en una vivienda ubicada en Leonismo Argentino extremo Sur de Villa Mercedes.

 

Una amiga de Vanesa se encontró con el macabro cuadro y dio aviso a personal policial, inmediatamente tomó intervención fiscalía, personal de homicidios, policía científica y medicina forense.

 

En el interior de la vivienda los cuerpos de las dos mujeres estaban en un estado avanzado de putrefacción y que presentaban múltiples lesiones compatibles con apuñalamientos.

 

La autopsia arrojó que la causa de muerte fue un shock hipovolémico y que la muerte data de 48 horas hacia atrás, es decir antes del sábado 20 de diciembre.

 

Según la Fiscalía el hecho se habría producido en la madrugada del 18 de diciembre, las víctimas fueron vistas por última vez a la 1.30 de la madrugada cuando regresaron junto a los imputados de cenar en la casa de una vecina.

 

 

Ambos, tras una intensa búsqueda fueron atrapados en La Pampa, tras un dato certero que dio una turista que los reconoció cuando caminaban por la banquina de una ruta y de inmediato le dio a un comunicador social de Villa Mercedes, que dio aviso a la Policía.

 

Atenuantes y agravantes para la pena

 

La Fiscalía N° 5 aclaró que no encontró circunstancias atenuantes respecto de ninguno de los imputados, mencionó la falta de antecedentes condenatorios y como agravantes, hizo referencia al grado de violencia desplegado al momento de cometer los hechos, el evidente desprecio por la vida ajena, la intención de asegurar su impunidad actuando sobreseguros y dándose a la fuga y la pretensión de evadir el accionar de la justicia y responsabilizarse por sus hechos.

 

La Querella adhirió a lo expresado y solicitado por el Ministerio Público Fiscal.

 

La defensa de Criscito, ejercida por Silvia Morán, solicitó se considere dentro de los atenuantes el padecimiento de salud de su defendido. La defensa de la mujer, Cecilia Mithiaux, adhirió. Luego la imputada declaró.

 

 

 

 

Al respecto de considerar como atenuantes el padecimiento del acusado, la Fiscal explicó que no se cuentan con informes psicológicos, por lo tanto, solicitó que no hiciera lugar al pedido.

 

La Juez de Garantía Nº 3 Natalia Pereyra Cardini, resolvió no hacer lugar al pedido de la defensora oficial respecto de considerar a la esquizofrenia como atenuante, respecto del retraso madurativo de la acusada si debe tenerse presente, como así también la falta de antecedentes, expresó.

 

Por otra parte, ordenó la apertura a juicio, admitió la prueba de las partes y tuvo presente la reserva de impugnación de sentencia y de los recursos planteados por la Defensa.

 

 

 

 

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