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Registro de adoptantes: el 10% de las postulaciones en la provincia son monoparentales

Indicaron que hay cuatro mujeres que han elegido el camino de la adopción individual para poder concretar su deseo de maternar.

Por redacción
| 20 de marzo de 2023
Sin discriminación. El Poder Judicial determina principios de igualdad. Foto: El Diario.

La legislación establece que un niño, niña o adolescente en situación de adoptabilidad puede ser ahijado por un matrimonio, por ambos integrantes de una unión convivencial o por una única persona. Esta última se denomina adopción monoparental. En el Poder Judicial de San Luis señalan que de los 40 postulantes, el 10 por ciento pertenece a este último grupo.

 

“En realidad, quien adopta es una persona; eso fue así siempre. Pero el nuevo Código Civil vigente nos dice, en su artículo 599, cómo puede ser la adopción. Eso nos da más claridad sobre la posibilidad de que una persona adopte sin necesidad de tener una pareja estable”, indicó la responsable del Registro Único de Adoptantes (RUA) de la Tercera Circunscripción, Fernanda Gasparro.

 

La funcionaria señaló que ya se han concretado adopciones monoparentales en la provincia, al tiempo que instó a las personas que desean adoptar y que no tienen una unión convivencial concretada o no estén casadas a integrarse al registro.

 

“El panorama a nivel provincial respecto de aquellas mujeres que eligen el camino de la adopción individual para concretar su deseo personal de ser mamás, independientemente del proyecto de una pareja estable, es auspicioso. En los casos anteriores, todas las postulantes fueron llamadas para ahijar a un niño, niña o adolescente, obteniendo la guarda y posterior adopción”, aseguró.

 

Se trata de conseguirle una familia a un niño, niña o adolescente y no de conseguir un adoptado para una familia inscripta (Fernanda Gasparro- responsable del Registro Único de Adoptantes de la Tercera Circunscripción)

La adopción tiene como objetivo proteger el derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir y desarrollarse en una familia, cuando se han agotado todas las posibilidades de permanencia en su familia de origen o ampliada.

 

Gasparro destaca que el Código  explicita principios de igualdad al admitir que una única persona puede adoptar. “La ley recoge la evolución normativa y jurisprudencial con base constitucional y fundamento en los principios de igualdad y no discriminación, admitiendo la posibilidad de reconocimiento de derechos para las distintas conformaciones familiares”, dijo.

 

Actualmente, en el registro único figuran cuarenta inscriptos que esperan ser convocados por la Justicia para iniciar el proceso de guarda y posterior adopción. “La nueva redacción deja de lado toda consideración prejuiciosa acerca de que una u otra forma familiar es la más adecuada”, precisó Gasparro.

 

Aseguró que esto se debe a que en los tiempos que corren, el paradigma con el que se trabaja en estos casos responde a la “búsqueda de una familia para cada niño en adopción y no a la búsqueda de un niño o niña para las familias inscriptas en el RUA”, explicó la funcionaria y agregó: “Lo prevalente es el derecho del niño, niña o adolescente a vivir en una familia que le provea los cuidados que no le pudieron ser proporcionados por su familia de origen o ampliada”.

 

 

Requisitos para la inscripción

 

Gasparro detalló los requisitos para inscribirse al Registro Único de Adoptantes y aclaró que son los mismos tanto para matrimonios, parejas convivientes o personas solas. “Es necesaria una nota de presentación dirigida al juez o jueza de Familia, Niñez y Adolescencia de la circunscripción que corresponda, firmada por la, el, los o las aspirantes, expresando su deseo de inscripción, fotocopia del DNI, recibo de haberes o certificación de ingresos —si se trata de una persona que trabaja de manera independiente—, certificado de domicilio, certificado de buena salud completo, certificado de antecedentes penales, acta de nacimiento de otros u otras hijos o hijas si hubiere, acreditación de vivienda, debiendo adjuntar la escritura o el contrato de alquiler, generación de una cuenta de correo electrónico del Poder Judicial y los estudios psicológicos y sociales realizados por los equipos técnicos del RUA”.

 

La inscripción es gratuita y no requiere de intermediarios ni abogados. La funcionaria además agregó que la inscripción actúa como condición necesaria para la postulación.

 

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