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Prisión preventiva para padre e hijo por distribuir material de abuso infantil

El juez dispuso 4 meses para ambos, mientras la investigación sigue en curso. Uno fue imputado por la tenencia de las imágenes y el otro, además, por su publicación.

Por redacción
| 22 de septiembre de 2022
La fiscal había pedido 4 meses. Alegó que hay prueba que resta producir y que existe un peligro de adulteración de la evidencia. Foto: Prensa Judicial Villa Mercedes.

El juez de Garantías 2, Leandro Estrada, dictó 4 meses de prisión preventiva para dos hombres, padre e hijo, por tenencia y distribución de material de abuso infantil. Lo resolvió este jueves en una audiencia de imputación de cargos y de medida de coerción.

 

A uno de ellos se le imputó el delito de tenencia de material de abuso sexual de niñas, niños y adolescentes (Masnna) calificado y a otro, distribución y divulgación de Masnna.

 

Durante la audiencia la fiscal de Instrucción, Daniela Torres, realizó un relato de las evidencias recolectadas y mencionó la primera investigación realizada en conjunto con Río Negro. La representante del Ministerio Público Fiscal explicó que, en el caso de uno de los acusados, se encontró una coincidencia y que hubo conexión e intercambio entre los perfiles de redes sociales en las investigaciones. Y en relación al otro acusado, en los allanamientos encontraron material de representación casera (fotografías).

 

Mientras que el defensor de ambos hombres, Pascual Celdrán, manifestó que la imputación en el caso del hombre mayor debe ser descartada, que no tiene participación ni autoría, agregó que el acusado no posee redes sociales ni correo electrónico. Y con respecto al más joven, expresó que no hay probanzas del intercambio, “la imputación es apresurada, es incorrecta procesal y formalmente”. Concluyó que existe una violación al principio de igualdad y de defensa. Por último, solicitó que se tenga por no formulada la imputación.

 

En cuanto a la medida de coerción, la fiscal solicitó la prisión preventiva por el término de 4 meses para los dos. Alegó que hay prueba que resta producir y que existe un peligro de adulteración de la evidencia. También dijo que hay peritajes que necesitan tener permisos y mayor precisión. Se debe asegurar el proceso de investigación, afirmó.

 

Por su parte, Celdrán dijo que la medida solicitada es excesiva, que no hay peligro de fuga ni de entorpecer el desarrollo de la investigación. Además, manifestó que la fiscal debería informar el tiempo que conllevan los peritajes y la producción de prueba. Atento a la edad de uno de los acusados, pidió que, en caso de otorgar la prisión preventiva, sea domiciliaria.

 

 

Finalmente, el juez de Garantías 2 resolvió imputar a unos de los acusados por el delito de tenencia de material de abuso sexual de niñas, niños y adolescentes (Masnna) calificado (por ser una víctima menor de 13 años) y a otro por distribución y divulgación de Masnna (Artículo 128 C. Penal). Aquí consideró que la sola comunicación y el reenvío de material entre los anteriores procesados y el joven en redes sociales, como bien ha sido descripto, queda comprendido en las acciones típicas de divulgación y distribución de material de esta naturaleza y al otro acusado, la tenencia.

 

 

Prensa Judicial Villa Mercedes.

 

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