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Un niño pidió dejar de llevar el apellido paterno y la jueza falló a favor

Ana Belén Villegas autorizó la solicitud y marcó un precedente al considerar el abandono del padre un motivo suficiente. También remarcó la importancia de escuchar al menor y tener en cuenta sus decisiones.

Por redacción
| 10 de agosto de 2022
Ana Belén Villegas dictó la sentencia en junio del 2022. Foto: Periódico Judicial.

La jueza provisoria del Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial, Ana Belén Villegas, autorizó la solicitud de un niño de suprimir el apellido de su padre, porque consideró un motivo grave y suficiente el abandono del progenitor y su actitud pasiva ante la solicitud del menor.

 

“Yo me di cuenta que el niño realmente no quería llevar el apellido del padre; fue suficiente para mí, el justo motivo estaba en no sentirse identificado con el padre porque no había formado parte de su vida”, explicó la jueza.

 

En la sentencia producida en junio de 2022, Villegas destacó: “El apellido es importante porque hay un derecho a la identidad, pero no refleja todo; si el niño no se quiere llamar más así, por qué se lo voy a imponer”.

 

Sobre los alcances del cambio, la jueza detalló: “Se cambia el apellido por una cuestión de nombre pero no se rompió el vínculo filiatorio con el padre, porque no se solicitó; es decir, el niño tiene derecho a exigirle la cuota alimentaria, sigue teniendo derechos hereditarios”, y añadió que “el día de mañana, si él quiere volver a ponerse el apellido paterno, lo puede hacer”.

 

Lo novedoso de la decisión es que la jueza se la comunicó al niño de manera clara y solicitó una audiencia virtual con él para explicarle los efectos del fallo. “Si bien siempre prefiero citar de manera presencial, en este caso existía un problema de movilidad del niño y fue más fácil comunicarse de manera virtual”, indicó.

 

“Hablé con la mamá, se largó a llorar y me agradeció que escucháramos a su hijo y tomáramos en cuenta su decisión”, comentó Villegas.

 

Por su parte, el abogado que representó al niño y a la mamá, Marcelo Otamendi, expresó: “Es un cambio de paradigma, fue un expediente que lo vi muy difícil desde el principio y me pareció bien configurar el abandono como un precedente, que configura un abandono la cuota alimentaria impaga”.

 

Finalmente, reflexionó que “en los pueblos alejados de la capital puntana el acceso a la Justicia está bastante vedado por cuestiones de lejanía, y estas actitudes nos acercan un poco más”.

 

Periódico Judicial/SD.

 

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