Promulgaron la Ley de Etiquetado Frontal; definen cómo implementarla
La normativa tiene como objetivo ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos a través de una alimentación consciente.
El Gobierno promulgó este viernes la Ley 27.642 de Promoción de Alimentación Saludable, más conocida como la Ley de Etiquetado Frontal. A partir de ahora, Nación tiene 90 días para reglamentarla y dictar las normas complementarias necesarias para su aplicación.
La ley, aprobada el pasado 26 de octubre por la Cámara de Diputados, fue promulgada mediante el Decreto 782/2021, publicado este viernes en el Boletín Oficial y firmado por el presidente, Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
El etiquetado frontal de alimentos consiste en la incorporación en el frente de los envases ultraprocesados de un sello con forma de octógono negro y letras blancas que adviertan el exceso de nutrientes críticos para la salud, como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías.
El objetivo es que las advertencias en los productos ayuden a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos en la sociedad argentina, principalmente en las infancias. Los principales puntos están destinados a la promoción de la alimentación saludable y de la educación alimentaria.
La ley determina que los productos que contengan edulcorantes o cafeína tendrán que informar que su consumo no es recomendable para niños.
Así también prohíbe emitir publicidad comercial de productos con sellos de advertencia dirigida a menores y dispone que los productos con más de un sello no pueden incluir personajes animados u otros elementos que llamen la atención de niños y adolescentes.
El etiquetado frontal fue respaldado por una amplia cantidad de organizaciones que reclamaban la sanción de una norma que promoviera una alimentación saludable, de forma similar a como existen en otras naciones
Télam.
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