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Habilitan el ingreso de extranjeros que no tengan el esquema de vacunación completo

Solo será para quienes acrediten motivos familiares, laborales, diplomáticos o de competencia deportiva.

Por redacción
| 10 de noviembre de 2021

A partir de este miércoles el Gobierno flexibiliza el ingreso al país de extranjeros no residentes que no tengan el esquema de vacunación completo. Las excepciones serán solo en casos particulares y tendrán que ser debidamente comprobados.

 

A través de la Resolución 2948/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la ministra de Salud, Carla Vizzotti, estableció las condiciones generales para acceder a la excepción del cumplimiento del esquema de vacunación dispuesto por el país de procedencia.

 

En caso de que sean "familiares directos de argentinos o residentes en el país que viajen por motivo de visita familiar", podrán ser exceptuados de cumplir con las dosis contra el coronavirus. En lo que atañe a estas visitas, la flexibilización de los requisitos alcanza a "hijos, padres, cónyuges o convivientes de argentinos o residentes".

 

El vínculo debe ser probado mediante la "partida de matrimonio o de nacimiento, certificación de unión civil/convivencial o certificación emitida por autoridad local que pruebe convivencia, documento nacional de identidad argentino del familiar dador del criterio".

 

Dentro de las categorías establecidas por el Gobierno se encuentran los “extranjeros no residentes que viajen por motivos de trabajo, negocios, estudios, capacitación, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios o por ser deportista y requerir participar de un evento deportivo y que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación", según consta en la texto.

 

En esos casos, también debe presentarse la documentación que justifique el criterio invocado, “ya sea carta del empleador, carta oficial del organismo del Estado que envía al funcionario extranjero en misión oficial, invitación de la entidad deportiva que organiza el torneo internacional reconocido por el Ministerio de Transporte de Turismos y Deportes".

 

También están comprendidos "los extranjeros a quienes se les otorgue un visado en categorías migratorias permanente o temporaria". En todos los casos se deberá presentar copia de pasaporte y declarará fecha programada del viaje y se verificará la visa otorgada.

 

Para entrar a Argentina, los viajeros deben estar encuadrados en alguno de esos supuestos que determinó el Ministerio de Salud y acreditarlo fehacientemente. Así, se les emitirá "una certificación consular remota que dé cuenta de ello en los términos que defina el Ministerio de Relaciones Exteriores".

 

La documentación que pruebe las condiciones y requisitos referidos en esta Resolución "deberá ser portada por la persona que ingresa al país en todo momento, al menos durante los primeros 14 días de ese ingreso".

 

Télam/NA.

 

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