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Fue absuelto por un abuso y condenado, pero en libertad, por otro

El tribunal consideró extinta la acción penal en el primer caso porque fue denunciado 14 años después.

Por redacción
| 22 de octubre de 2022
Audiencia. En el extremo derecho, el acusado y Rivadera, su abogado. Foto: Juan Andrés Galli

C.A., quien llegó a la instancia de juicio acusado de abusar de dos sobrinas, se retiró de la sala de la Cámara Penal 2 de Villa Mercedes de la misma manera que llegó: en libertad. Finalmente el tribunal lo absolvió por los ultrajes de una de las víctimas, no porque probaron que el delito no existió, sino porque transcurrieron muchos años y la causa fue declarada extinta. Aunque lo condenó por los abusos hacia la otra chica, debido a la baja pena de solo tres años, su cumplimiento en la cárcel fue suspendido y sobrellevará la misma libre.

 

Los jueces María Silvia del Castillo de Insúa, Daniela Estrada y Aníbal Astudillo declararon extinta la acción penal por prescripción en el caso de "Abuso sexual simple" que habría sufrido K.M. y sentenciaron a C.A. a tres años de prisión en suspenso por "Abuso sexual simple continuado agravado por ser cometido contra una menor aprovechando la situación de convivencia preexistente".

 

El fiscal Ernesto Lutens arrancó su alegato aclarando que debido a que la denuncia de K.M. fue asentada muchos años después de los abusos no era posible deducir acusación. Puesto que los ultrajes sucedieron entre 2005 y 2006 y fueron denunciados en 2020, cuando la joven ya tenía 19 años y habían transcurrido 14 años de los hechos, cuando la ley estipula un plazo máximo de 12 para denunciarlos.

 

Respecto a J.M., tanto el fiscal como la defensora de Niñez, Adolescencia e Incapaces 2, Lorena Coria, remarcaron que lo que la chica relató en la Cámara Gesell prueba la existencia de los vejámenes. En tal audiencia, la adolescente contó que su tío la tocó en sus partes íntimas una vez que intentó enseñarle cómo conducir la moto de su madre, también expresó que se sentía observada por el hombre, quien hacía comentarios incómodos en sus fotos de Instagram, y le tomaba fotos a ella, en las que hacía zoom en sus zonas íntimas y en una ocasión editó una colocándole el dibujo de una flor en la cola.

 

Luego de adherir a lo planteado por el fiscal respecto a la absolución, el defensor Bautista Rivadera se refirió a la causa que tenía como damnificada a J.M.

 

Argumentó que todo se trató de un complot entre las chicas y su padre. Explicó que el problema se gestó entre febrero y abril de 2019, cuando la hermana del acusado, quien es madre de las chicas, le permitió al imputado vivir en su casa.

 

La presencia de C.A. generó mucha disconformidad de parte de las jóvenes que no soportaban a su tío porque "era desordenado y un mugriento", explicó.

 

K.M. y J.M. le dijeron eso a su madre con la intención de que lo echara del domicilio. "Pero al no encontrar ese apoyo en la mujer, se generó una tensión entre madre e hijas", manifestó Rivadera.

 

Entonces "no tuvieron mejor idea que recurrir a su padre y acusar falsamente de pedófilo a su tío". Lo que declararon estaba repleto de contradicciones, señaló. "Cuando hicieron la denuncia en la comisaría dijeron que mi cliente había tocado a una de ellas en la moto, pero en sede judicial solo hablaron de las fotos, no mencionaron los supuestos ultrajes cuando le enseñó a la mayor a manejar la moto", recalcó.

 

Reconoció que es difícil para un abogado rebatir lo que los licenciados en psicología sostienen en sus informes de Cámara Gesell, pero el hecho de que la causa solo cuente con esos informes como prueba da cuenta de que la investigación de instrucción fue deficiente. "¿Por qué no secuestraron el teléfono de J.M. o de mi defendido, que estuvo siempre sujeto a derecho?, tampoco incautaron su computadora ni hicieron estudios psicológicos para determinar los daños de la menor", indicó.

 

Por último, recordó que, por lo general, las víctimas de abuso que hablan en Cámara Gesell experimentan angustia y les da vergüenza contar lo que sufrieron, pero ese no fue el caso de J.M. "Ella estuvo riéndose todo el tiempo", subrayó Rivadera.

 

Por todo ello, solicitó la absolución de su cliente y, en el caso de que el tribunal resolviera igualmente condenarlo, requirió que la pena sea de cumplimiento condicional. Este último punto fue el que también se le dio al defensor.

 

Redacción/MGE

 

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