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Condenan a dos hombres por el transporte de 21 kilos de cocaína

El tercer juzgado, padre de uno de los investigados que seguirá preso, fue absuelto.  El secuestro del cargamento se hizo en 2019, a la altura del Autódromo Provincial.

Por redacción
| 09 de marzo de 2021
Dos juezas y una de las defensas estuvieron en la sala del Tribunal Oral Federal. El otro magistrado, la fiscal, la defensora oficial y los acusados participaron de forma remota. Foto: Martín Gómez.

 

Tres hombres oriundos de Mendoza que fueron investigados por su intervención en el transporte de 21 kilos de cocaína a San Luis, escucharon el lunes el veredicto dictado por el Tribunal Oral Federal (TOF) de San Luis. Pascual Zenón Bonada, de 49 años, fue condenado a ocho años de cárcel por considerarlo organizador de transporte de estupefacientes, por lo que seguirá detenido en el Servicio Penitenciario Provincial. A Rodrigo Javier Miranda, de 43, le impusieron cinco años de cárcel por transporte de estupefaciente, y también continuará alojado en el Penal. Su padre, Juan Carlos Miranda, de 75 años, fue absuelto. Por su edad, gozaba de prisión domiciliaria.

 

 

Los tres fueron aprehendidos a comienzos de octubre de 2019 por efectivos de Lucha contra el Narcotráfico. A padre e hijo los aprehendieron a la altura del Autódromo Provincial “Rosendo Hernández”. Traían el cargamento en una Ford EcoSport modelo viejo. Tras el procedimiento, Bonada fue apresado en Mendoza, en donde hicieron seis allanamientos en los que secuestraron balanzas, dinero, celulares, un arma y otros elementos indiciarios, informó la Policía en aquel entonces.

 

 

“Se investigó una organización de gente de Mendoza que remitía con frecuencia semanal o quincenal droga a San Luis. Bonada era el jefe y solía venir a cobrar. Para enviar la sustancia buscaba a distintos transportistas, llegaban en distintos vehículos, y los pasamanos se hacían en diferentes puntos de la ciudad. Miranda hijo era uno de los transportistas que se repetía, y a veces también hacía cobranza”, resumió  el fiscal federal Cristian Rachid.

 

 

Detalló, además, que la cocaína estaba oculta “en los paneles laterales de las puertas del acompañante y del asiento trasero derecho”. Los paquetes estaban recubiertos con grasa y café para que los perros detectores de drogas no los hallaran, pero los animales igual los descubrieron.

 

 

Para la Fiscalía, Miranda, quien fue enviado por Bonada a realizar una entrega a San Luis, contó con el apoyo ocasional de su padre, dado que traía una importante cantidad de estupefacientes. Por ello consideró al hombre mayor un partícipe secundario. Según las averiguaciones, que habían iniciado cuatro meses antes, una parte de la cocaína quedaría en San Luis y el resto iba a ser distribuida en Villa Mercedes y en Río Cuarto.

 

 

La presidenta del tribunal, María Carolina Pereira, dio lectura al veredicto el lunes cerca de las 14:30. A su lado, la escuchaba su par, Gretel Diamante, y a su izquierda, los abogados que representaron a Bonada, Aldo Giuliani y Pablo Ramón Rotondi. Tras conocer el fallo, este último pidió la palabra, y solicitó que su cliente sea trasladado al Complejo Penitenciario Federal de Luján, dado que eso le permitirá estar cerca de su familia. La presidenta del tribunal dijo que reiterarían los pedidos de informes para corroborar si efectivamente hay cupo para concretar la derivación.

 

 

El tercer integrante del tribunal, Raúl Fourcade, la fiscal federal general subrogante ante el TOF, Mónica Spagnuolo, la defensora pública oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal en San Luis, Claudia Ibáñez, y los tres acusados siguieron la audiencia de forma remota.

 

 

Ibáñez no cuestionó durante el debate la intervención de Miranda hijo, pero solicitó que le aplicaran el mínimo de la pena. En relación al mayor de los Miranda, sí cuestionó la participación. Está conforme con el resultado.

 

 

Por su parte, los abogados de Bonada dijeron que esperarán a conocer en algunos días el fundamento del fallo y, en función de ello, verán si apelan. “No hay elementos que acrediten jurídicamente la responsabilidad de Bonada. Para dictar una sentencia condenatoria esos elementos deben ser contundentes, y no existen en la causa. La propia instrucción policial avala esto, son dichos de informantes, del agente revelador, que fue citado por la defensa y no aportó nada nuevo. No se puede condenar a alguien por dichos de dichos”, consideró Giuliani, quien aseveró que en los allanamientos a la familia de Bonada “no hubo secuestro de droga, de dinero ni de nada” de interés para la causa.

 

 

Redacción

 

 

 

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