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Los cambios en los trámites del Registro Civil, uno por uno

Por redacción
| 23 de agosto de 2015
Ahora los dos juntos. Para asentar a un recién nacido, el registro civil exige que tanto el padre como la madre hagan el trámite.

El flamante manual de instrucciones es casi una biblia para los empleados del Registro Civil de San Luis. Y es que el documento, que está en todas las delegaciones de la provincia, explica cómo cambiaron los trámites que realiza el área desde que entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial, a comienzos de mes. Las modificaciones de la normativa no sólo alteraron el proceso de trabajo de la Dirección, también ampliaron el abanico de opciones que tienen los puntanos a la hora de definir qué nombre ponerle a sus hijos, si llevará los dos apellidos y en qué orden o cómo formalizarán su compromiso de pareja. 
Si bien los responsables de inscribir a los bebés y gestionar la libreta de matrimonio tuvieron que capacitarse y amoldarse a los nuevos procedimientos, comentaron que todavía no aparecieron muchas oportunidades para poner en práctica lo aprendido, ya que hasta ahora se han registrado tres casos de niños con apellido materno antes que el paterno y algunos más de uniones convivenciales, casi todos en la capital. Ese trámite se lleva el primer puesto del ranking de las consultas más frecuentes y le siguen las preguntas sobre el reconocimiento de los padres a niños que fueron anotados sólo por sus mamás. 
“La mayoría de la gente no sabe qué se modificó. Y a veces les preguntamos, por ejemplo si acordaron cómo se va llamar el niño y nos miran extrañados”, dijo Pamela Lucero, jefa de área de las Delegaciones del Interior del Registro Civil, quien pronosticó que las dudas y los pedidos empezarán a llegar cuando los puntanos conozcan las alternativas. Así que a tomar nota.

 


Acta de Nacimiento: El proceso tradicional no sufrió alteraciones, por lo que las familias poseen cuarenta días de plazo para inscribir a sus pequeños, un año para tramitar el DNI y tienen que presentar los mismos requisitos que antes. Lo único que se agregó es que deben ir los dos padres a la delegación y si uno no puede, el otro está obligado a llevar una nota que lo autorice a registrarlo solo y que acredite el consentimiento en la elección del nombre. 
Quienes sí sumarán un paso más en el trámite son las mamás solteras, porque ahora el empleado les pedirá los datos del padre, aunque no reconozca a su hijo, para completar una declaración jurada que luego se eleva a la Justicia. Para Martha Iglesias, una de las cuatro encargadas de la inscripción de los bebés, ese punto es el más complicado de aplicar. “Es una situación difícil, hay muchas razones que desconocemos, algunas mujeres se largan a llorar, cuentan su historia y nosotros en el medio tenemos que llenar el formulario. Sentís que estás invadiendo su intimidad, pero a la vez tenés que decirle que es para beneficio del chico, para que conozca su identidad”, dijo la empleada del Registro, quien destacó que a todas las tutoras les detallan los Derechos de los Niños. 

 


Doble apellido: Iglesias comentó que la reforma del Código permite que los chicos lleven el de la madre y el del padre en cualquier orden o uno solo. Pero para optar por la nueva modalidad debe ser el primer hijo, ya que todos los niños de la pareja deben llevar el mismo apellido. Y si los tutores no se ponen de acuerdo sobre la fórmula, el Registro tiene que armar un sorteo y dejar constancia del resultado a través del acta. En Villa Mercedes, ya estrenaron el bolillero y la suerte estuvo a favor de la mamá (Ver "Por azar...").

 


Nombres raros, todos aceptados: La única condición para elegirlo es que no sea “demasiado extravagante” o “discriminatorio”. Pero en el Registro Civil no tienen un libro con los que están autorizados, así que queda a criterio de cada empleado si lo anota o consulta al titular de la dependencia, Gastón Tula Barale. Aunque en los más de veinte días que lleva vigente la norma, únicamente recibieron familias que usaban variantes de nombres femeninos para los varones y viceversa, como Lauro, que fue anotado esta semana en la oficina. Antes, para cualquier opción que no estuviera dentro del listado oficial, los padres debían enviar una nota al director de la sede.

 


Reconocimiento: Si un hombre quiere hacer el trámite para ratificar que es el papá de un niño, sumará su apellido detrás del materno, en vez de reemplazarlo como ocurría antes. Y si el chico tiene más de 13 años, también participa en la decisión. Además, Iglesias explicó que deben informarle a la madre del cambio en el acta, porque hasta ahora se enteraba cuando iba a pedir la partida de nacimiento legalizada. 

 


Bajo el mismo techo y con derechos: Quienes todavía tienen miedo de poner el “gancho” para el casamiento pueden optar por la unión convivencial. Mabel Collado, una de las empleadas que hace la gestión de los matrimonios en el Registro Civil de San Luis, contó que lo solicitan muchas parejas, sobre todo aquellas que están esperando un bebé, ya que los hombres quieren darle cobertura social a las embarazadas. “También es un furor entre las personas grandes, que hace mucho tiempo que están juntos y quieren dejarle al otro la jubilación”, comentó. Y destacó que esta semana realizó la gestión para dos personas que llevaban veinte años juntas y para otras que cumplían treinta y seis de relación.
Collado recordó que sólo pueden participar de la gestión quienes estén divorciados, porque ya recibieron consultas de gente que está separada, pero aún no hizo la gestión legal para ratificarlo. Para romper la unión, los convivientes tienen que pasar de nuevo por la delegación y dejar constancia de que finalizó el vínculo porque uno de los dos murió, se van a casar, acordaron terminar la relación o uno de ellos decidió dar un paso al costado. Aunque antes debe comunicárselo por escrito a la otra parte y llevar ese papel a la delegación.
Los que piensan que el trámite le sacará adeptos al matrimonio, están equivocados. Al menos eso aseguró la empleada de la oficina, quien afirmó que varias parejas de jóvenes que se acercaron a la dependencia, se fueron con el turno para la boda.

 


Casamiento: Casi como si fuera una película de Hollywood, los jueces de Paz agregarán a su discurso la pregunta: “¿Alguien se opone a este matrimonio?”. Y si alguien se anima a ir en contra del amor, el responsable del trámite tendrá que parar la ceremonia, labrar un acta y mandarla a la Justicia. Recién cuando se resuelva esa gestión, los novios podrán retomar la celebración.
“Lo toman con mucho respeto. Además, nosotros les explicamos que si alguien se opone y después no es verdad la justificación que dio, puede tener una sanción por falso testimonio”, precisó Collado, quien agregó que aquellos que pueden suspender la boda son los familiares directos y alguien que acredite que es esposo de uno de los novios, quien estaría a punto de incursionar en la bigamia.
Además, los mayores de 16 años pueden casarse siempre que cuenten con la autorización de sus padres. Y a los que tengan más de 14 les tiraran arroz siempre que lo apruebe un juez.

 


Acuerdos de pareja: Hasta dos días antes del matrimonio, los futuros esposos están habilitados para firmar una convención matrimonial en la que definan cómo repartirán los bienes frente a un escribano. Después de que obtengan la libreta roja, también pueden realizar el contrato y el Registro Civil lo anexa a la documentación. En el caso de los miembros de una unión, el documento se llama "pacto de convivencia" y lo elaboran entre ellos o delante de los empleados de la dirección. 

 


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